¿Se puede negar a que coja algo del guardamuebles de necesidad?
Buenas:
Tengo unos utensilios, poca cosa, más bien cajas con documentación de empresa en un guardamuebles, y por motivos económicos llevan casi dos años en él, la cuestión es que necesito coger unos papeles importantes para presentarlos en un juzgado y el dueño del guardamuebles se niega. Mi pregunta es si se puede negar a que coja algo de necesidad, si está tipificado en algún sitio. Gracias.
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Es condición indispensable estar al corriente del pago del guarda muebles contratado. El horario para acceder a tus pertenencias, la presencia de personal para su manipulación u otros requisitos deben especificarse en el contrato.
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Buenos días, en teoría si precisa algo del guardamuebles, avisando con antelación a la empresa para que haya personal y siempre esté al corriente de pago, no se pueden negar a entregarle sus pertenencias. Siempre se hace un documento donde se indique fecha, nombre y DNI, y mercancía que sale del almacén para tener controlada las salidas. Un saludo.
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Efectivamente para tener acceso a todo lo depositado en guardamuebles, tiene que estar al corrientemente el pago determinado para el mismo. En cualquier caso se puede llegar a acuerdos antes de acceder, como dejar el resto de la mercancía en concepto de pago de todo lo pendiente, dando por terminado el contrato de guardamuebles.
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En nuestra empresa no nos negamos a que recojan cosas del guardamuebles y menos si son sólo documentos. Un saludo.
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Si usted no está al corriente de las cuotas de guardamuebles no tiene derecho a obtener lo que está custodiado, es más, si la deuda se acumula por más de ocho años la empresa tiene derecho a desalojar su almacén.
En caso de estar al corriente usted tiene derecho a reclamar cualquier cosa normalmente con la condición de pagar por horas la manipulación de lo almacenado.
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